1.- ¿Qué es un producto cosmético?
Cualquier preparado que se destine para ser aplicado externamente al cuerpo humano con fines de embellecimiento, modificación de su aspecto físico o conservación de las condiciones físico químicas normales de la piel y su anexos, comprendiendo en ellos las uñas, sistema piloso, membranas mucosas de la cavidad oral, dientes y órganos genitales externos.(Última actualización 05-07-2017)
2.- ¿Cuáles son los requisitos para obtener la autorización o registro de un producto cosmético en Chile?
Los requisitos se encuentran en el artículo 25 y 26 del Reglamento de Control de Cosméticos, Decreto Supremo 239/02 y sus modificaciones asociadas.
Revisar enlace http://www.ispch.cl/sites/default/files/decreto_239_0.pdf (Última actualización 05-07-2017)
3.- ¿Cualquier persona puede importar productos cosméticos?
La importación de productos cosméticos podrá ser efectuada por cualquier persona natural o jurídica, no obstante debe existir un representante legal de la empresa con domicilio en el territorio nacional. Previo a su importación, los productos deben contar con registro sanitario y tener declarado el respectivo importador en él.(Última actualización 05-07-2017)
5.- ¿Los productos cosméticos deben tener un número de autorización o registro en su envase?
Si, corresponde a un número individual para cada uno de los productos cosméticos de protección, maquillaje e infantiles.
Para aquellos productos de Higiene, Bajo Riesgo y Odorizantes, tienen un número único, correspondiente al número de la empresa titular.
– En productos Cosméticos el rótulo o etiqueta debe señalar la leyenda:
Registro ISP Nº XXX C-YYY
Donde XXX corresponden al número de la empresa
La letra C es indicativo de cosmético
YYY corresponde al correlativo interno de la empresa
– Para Higiene y Bajo Riesgo correspondería a Registro ISP Nº XXX/10
Donde XXX corresponden al número de la empresa
Los últimos dígitos 10, corresponden al año de autorización.
(Última actualización 05-07-2017)
6.- ¿Cómo puedo saber si un producto cosmético se encuentra registrado por el ISP?
Para buscar la información de registro de productos cosméticos, ingresar a la página Web del ISP www.ispch.cl ir al enlace Productos con registro, o directamente a la dirección http://registrosanitario.ispch.gob.cl/
Puede buscar por nombre de producto, por ingrediente activo, por empresa y por número de registro.
(Última actualización 05-07-17)
7.- ¿Cuáles son los productos cosméticos de bajo riesgo?
Los siguientes productos:
– Jabones sólidos
– Esmaltes de uñas
– Quita esmaltes
– Ceras Depilatorias
– Lacas para el Cabello
– Sales de baño
(Última actualización 05-07-17)
8.- ¿Qué comprende las finalidades cosméticas?
Corresponde al uso principal atribuido al producto, estos pueden ser:
Acondicionador Capilar
Acondicionador De Cutículas
Alisador Del Cabello
Anti Edad
Anti estrías
Antiarrugas
Anticaída Del Cabello
Anticaspa
Anticelulitis (Piel De Naranja)
Antiestática (Antifrizz)
Antimancha
Antimanchas
Antiojeras
Autobronceante
Bálsamo Labial
Bálsamo O Acondicionador Capilar
Base De Maquillaje
Brillo Capilar
Brillo De Labios
Bronceador
Cera Depilatoria
Champú
Champú Colorante
Contorno De Ojos
Corrector De Imperfecciones
Corrector De Ojera
Crema/Gel/Espuma De Afeitar
Decolorante Capilar
Delineador De Cejas
Delineador De Labios
Delineador De Ojos
Dentífrico Con Flúor
Dentífrico Sin Flúor
Desenredante Del Cabello
Desmaquillante
Despigmentante
Encrespador Capilar
Endurecedor De Uñas
Enjuagatorio Bucal Sin Flúor
Enjuagatorio Bucal Con Flúor
Esmalte De Uñas
Exfoliante
Fijador De Cabello
Fijador De Maquillaje
Hidratante
Higienizante Corporal
Humectante
Iluminador Del Rostro
Jabón En Barra
Jabón Exfoliante
Jabón Líquido
Lápiz Labial
Limpieza Facial
Masaje Capilar
Masaje Corporal
Masaje Facial
Mascara De Pestaña
Mascarilla Facial
Modelador De Peinado
Neutralizante
Odorizante Bucal
Perfume
Polvo Compacto
Post Solar
Pre Y Post Afeitado
Prevención Coceduras, Zona Del Pañal
Protector Uva/Uvb
Quitaesmalte
Reafirmante
Reductor
Revelador Para Tintura Capilar
Rubor
Secado Rápido (Top Coat)
Sombra De Ojo
Tintura Capilar
Tónico Facial
9.- ¿Cuáles son los productos cosméticos de higiene?
Los siguientes:
– Jabones líquidos
– Champús
– Bálsamos
– Acondicionadores
– Dentífricos
– Enjuagatorios bucales
– Desodorantes
– Antiperspirantes
– Productos para rasurar la barba y para después de rasurar
– Talcos
– Toallas de limpieza y desmaquillantes
(Última actualización 05-07-2017)
10.- ¿Cómo saber cuáles son los ingredientes permitidos en productos cosméticos?
Las directrices de la Comunidad Europea y las bases de datos de PCPC (Personal Care Products Cosmetics) son nuestra referencia y en el sistema Gicona se encuentran los ingredientes autorizados para usar en cosméticos. La página de ingredientes cosméticos o Cosing de la CE es :
(Última actualización 05-07-2017)
11.- ¿Quién autoriza la instalación de los establecimientos que fabrican cosméticos?
El Instituto de Salud Pública de Chile a través de su área especializada el Subdepartamento de Fiscalización del Departamento Agencia Nacional de Medicamentos. (Última actualización 05-07-2017)
12.- ¿Quién fiscaliza el funcionamiento de los establecimientos que elaboran o importan productos cosméticos?
El Instituto de Salud Pública de Chile a través de su área especializada el Subdepartamento de Fiscalización del Departamento Agencia Nacional de Medicamentos.
(Última actualización 05-07-2017)
13.- ¿Qué es un laboratorio de producción cosmética?
Se considera Laboratorio de producción a todo establecimiento en que se efectúe la fabricación, fraccionamiento y envase de los productos cosméticos, de conformidad a las normas de la reglamentación vigente.
(Última actualización 05-07-2017)
14.- ¿Como traspasar un producto ya registrado de una empresa a otra?
La información se encuentra en la página web www.ispch.cl, ubicarse en Productos y Servicios luego pinchar en Prestaciones, puede consultar por Código de prestación o bien describiéndola, encontrará los respectivos formularios e instructivos.
4112030 Transferencia de registro de producto cosmético.
Sumar además código 4112031
Encontrará el formulario modificaciones, con su respectivo instructivo donde están los requisitos legales que necesita para realizar la transferencia.
Haga la presentación directamente en Gestión de trámites, trayendo la solicitud completa y cancelando el arancel correspondiente.
(Última actualización 05-07-2017)
15.- ¿Quién autoriza una bodega para almacenar productos cosméticos?
El Instituto de Salud Pública de Chile a través de su área especializada el Subdepartamento de Fiscalización del Departamento Agencia Nacional de Medicamentos.
(Última actualización 05-07-2017)
16.- ¿Se puede fabricar en casa, productos cosméticos de bajo riesgo (jabones y sales de baño)?
Podría fabricar, siempre y cuando se encuentre aislado del resto de las habitaciones y sea destinado exclusivamente para la elaboración de productos cosméticos de Bajo Riesgo. Este tipo de establecimiento debe ser autorizado previamente.
(Última actualización 05-07-2017)
17.- ¿Se pueden vender productos cosméticos sin autorización?
No, no se podrá usar, consumir, vender, comercializar, distribuir, ceder o disponer de ellos a ningún título, sin obtener la autorización del Instituto de Salud Pública.
(Última actualización 05-07-2017)
18.- ¿Dónde pueden distribuirse los productos cosméticos?
Los productos cosméticos podrán distribuirse y expenderse en farmacias, perfumerías y otros establecimientos comerciales. Asimismo, los laboratorios de producción podrán expender al público sus propios productos.
(Última actualización 05-07-17)
19.- Si se produce una alergia con un producto cosmético ¿Qué hay que hacer?
Contactar a su médico si los síntomas no ceden en un plazo razonable o si las molestias aumentan.Es importante que denuncie la situación y para ello en la página Web http://www.ispch.cl/sites/default/files/u7/H.2%20Matriz_PDF_10_1.pdf
encontrará un formulario de denuncia que debe llenar y entregar personalmente en la Sección Gestión de Trámites del Instituto de Salud Pública, ubicado en Marathón Nº 1000, Ñuñoa. Teléfono 2257 55 202.
(Última actualización 05-07-2017)
20.- ¿Cómo se solicita un registro de un producto cosmético?
Contáctenos y le ofreceremos el mejor servicio.
(Última actualización 05-07-2017)
21.- ¿Cuánto tiempo demora el ISP para otorgar el registro de un producto cosmético?
Las solicitudes de registro cosmético, son evaluadas por orden de ingreso, una vez evaluados los antecedentes que den conformidad a las normas de la reglamentación vigente, no se superan los 5 días de emisión de la resolución respectiva.
(Última actualización 05-07-2017)
22.- ¿Qué debe contener la rotulación o etiqueta de los productos cosméticos?
La rotulación de los envases de todo producto cosmético se hará en idioma español, con los siguientes datos:
Nombre del producto
Fórmula completa en nomenclatura INCI.
Período de vigencia mínima o fecha de expiración, cuando fuera necesario
Código o clave de la partida o serie de fabricación.
Contenido neto
Nombre o razón social y dirección del titular y, cuando no coincida, también las del fabricante o importador según el caso, con indicación del país donde fue fabricado el producto
Modo de empleo, indicaciones, advertencias y precauciones sobre su uso, según proceda
Número de registro aprobado por el Instituto, precedido de la sigla individualizadora ISP.
Precauciones de almacenamiento y conservación.
(Última actualización 05-07-2017)
23.- ¿Cuál es el organismo encargado de evaluar la calidad de los productos cosméticos?
El Instituto de Salud Pública es el organismo encargado de evaluar la calidad de los productos cosméticos a través de acciones inspectivas en los establecimientos fabricantes, importadores, distribuidores y locales de venta.
(Última actualización 05-07-2017)
24.- ¿Cuáles son las condiciones o características que debe tener el laboratorio o establecimiento de producción de productos cosméticos de bajo riesgo, como el jabón en barra?
DE LA AUTORIZACIÓN DE LOS LABORATORIOS QUE FABRIQUEN PRODUCTOS DE BAJO RIESGO
Artículo 96º (D.S. Nº 239/02): Los laboratorios que fabriquen productos de bajo riesgo, deberán presentar una declaración ante el Instituto dentro de los 30 días siguientes al comienzo de su funcionamiento o iniciación de actividades, respecto de:
a) Individualización del titular de la autorización del laboratorio.
b) Croquis o plano del local y su distribución, que considere a lo menos área de fabricación y/o almacenamiento de los insumos.
c) Declaración de aceptación de responsabilidad suscrita por la persona a cargo de la fabricación, de acuerdo a lo señalado en el artículo 88.
d) Descripción de los equipos e implementos de que dispondrá el laboratorio para la fabricación de productos cosméticos de bajo riesgo.
e) Indicación de los controles de calidad que se realizarán a los productos.
f) Comprobante de pago de los derechos arancelarios correspondientes.
(Última actualización 05-07-2017)
25.- ¿Cuáles son los requerimientos profesionales del Director Técnico del establecimiento que comercializa o produce productos cosméticos?
El Director Técnico, de acuerdo al Decreto Supremo Nº 239/02, debe ser un Químico Farmacéutico. En www.asesoriafarmaceutica.cl contamos con profesional Químico Farmacéutico.
(Última actualización 05-07.2014)
26.- Para importar perfumes, ¿Qué se hace?
Contáctenos y le ofreceremos la mejor solución.
(Última actualización 05-07-2017)
27.- ¿Existe un formulario para solicitar la renovación de registro cosmético?
Existe formulario electrónico para ese trámite, vía Gicona, puede acceder como titular del registro al menú que contiene dicha prestación.
Usar el siguiente enlace: www.gicona.ispch.cl/giconaweb/
(Última actualización 05.07-2017)
28.- Necesito saber si al estar registrando algunos productos cosméticos, ¿se puede en el intertanto hacer la primera importación de estos productos?
Los productos están autorizados para su venta y distribución solamente cuando cuentan con el registro sanitario, dado por este Instituto. Recuerde que cada vez que importe su producto, debe pedir la autorización de Uso y Disposición (documento obligatorio en la Aduana), para poder distribuir y comercializar.
(Última actualización 05-07-2017)
29.- ¿Cuál es la concentración máxima permitida de formaldehído en productos cosméticos?. Por un lado, en el listado de sustancias con concentración limitada señala 0.05% máximo, mientras que el listado de preservantes permitidos aparece la observación de que la concentración permitida no debe ser mayor a 0.02%.
Los listados de ingredientes son bien específicos, el formaldehído puede ser usado como activo en un Endurecedores de uña con un máximo permitido de 5% expresado como formaldehído.
Por otro lado, cuando se usa como preservante tiene otra restricción:
Para productos de cuidado bucal: 0,1% máximo permitido
Otros productos: 0,2% máximo permitido.
En este caso debe decir en rótulos que contiene formaldehído, si la concentración supera el 0,05%.
(Última actualización 05-07-2017)
30.- Necesito registrar algunos productos cosméticos, pero el fabricante de residencia en otro país, manifiesta que él está dispuesto a entregar toda la información técnica requerida directamente al ISP y no enviarla a nuestra empresa. ¿Cómo se debe proceder en este caso?
La única forma de registrar productos cosméticos en el ISP, de una empresa extranjera, es teniendo un representante legal en Chile. Es decir, siempre debe existir una persona natural o jurídica con domicilio en Chile que debe hacerse responsable de los antecedentes técnicos y legales del titular extranjero.
(Última actualización 05-07-2017
31.- ¿Se pueden fabricar cosméticos artesanales?¿Cuál es la normativa para ellos?
No existe la categoría de artesanal en la normativa vigente de cosméticos, por lo tanto no es una categoría permitida, los cosméticos deben ser fabricados en un laboratorio de producción cosmética, autorizado por el ISP y tener registro sanitario autorizado, previamente en el ISP.
(Última actualización 05-07-2017)
32.- ¿Cómo debe indicarse el número de inscripción del establecimiento respecto al rotulado de los productos de bajo riesgo, higiene y odorizantes?
El número de la empresa para los productos de Higiene Bajo Riesgo y Odorizantes debe declararse en rótulos de la siguiente manera:
Inscripción ISP Nº XXX/00
Donde XXX es el número otorgado por el ISP y 00 es el año de otorgamiento.
(Última actualización 05-07-2017)
33.- ¿Es necesario obtener registro en el ISP, para fabricación y comercialización de jabones sólidos artesanales. En caso de ser necesario, cuál es la documentación que se debe presentar?
Los jabones artesanales en barra, cuentan con un registro simplificado que requiere hacer una Inscripción de Empresa Elaboradora de Productos de Bajo Riesgo y Odorizantes (formulario único) y además la declaración de productos.
La información se encuentra en la página web www.ispch.cl, ubicarse en Productos y Servicios luego pinchar en Prestaciones, puede consultar por Código de prestación o bien describiéndola, encontrará los respectivos formularios e instructivos.
Para completarlo se requiere contar con la fórmula y características del producto, debe señalar el nombre del producto en el listado correspondiente, en español, la fórmula cualitativamente completa se debe declarar en nomenclatura INCI, se deben señalar obligadamente las concentraciones de los ingredientes que se encuentren restringidos (preservantes, filtros etc.)
La empresa elaboradora de estos jabones sólidos debe cumplir con los requisitos establecidos en el artículo N° 96º del reglamento Decreto Supremo Nº 239/02 y ser autorizado su establecimiento por el ISP.(07/2010)
(Última actualización 05-07-2017)
34.- ¿Existe alguna reglamentación en cuanto al uso de protectores solares para trabajadores del área de la minería y agrícola (como temporeros de la fruta, entre otros)?
Si, existe una regulación especial para los trabajadores expuestos a la radiación solar, el año 2006 fue promulgada la Ley N° 20.096, sobre la Capa de Ozono y la Exposición a la Radiación UV, en donde se señala que todos los trabajadores deben tener la protección adecuada para evitar daño por exposición durante la jornada laboral.
Respecto de los protectores solares, son considerados productos cosméticos y como tales deben ser registrados en el Instituto de Salud Pública y demostrar que son eficaces en su protección, antes de ser entregados a los trabajadores.
(Última actualización 09-05-2017)
35.- Un laboratorio que se encuentra autorizado para el acondicionamiento (pegado de etiquetas) de productos farmacéuticos, ¿puede realizar la misma operación para productos cosméticos o requiere una autorización especial?
La autorización de funcionamiento es expresa, según sea lo que señala la resolución para productos farmacéuticos regidos por el Decreto Supremo D.S. 3/2010. Si se desea acondicionar productos cosméticos, los requisitos deben dar cumplimiento a lo descrito en el Decreto Supremo 239/02, en un laboratorio de producción cosmética.
(Última actualización 05-07-2017)
37.- Si una empresa tiene permiso para importar diversos productos (perfumes y cosméticos) y su dueño se asocia para continuar su negocio con otra Razón Social y RUT, ¿puede la nueva empresa seguir importando con los permisos anteriores?
Los titulares de registro se identifican con un Nombre y un RUT, si eso cambia, se deben modificar los registros. En este caso, si se traspasan los registros de una empresa a otra, corresponde a una transferencia, los productos registrados se pueden transferir, y los productos declarados (higiene, odorizantes, etc.), se deben declarar de nuevo, por la empresa con nuevo Nombre y RUT.
(Última actualización 05-07-2017)
38.- ¿Para inscripción de laboratorio de productos cosméticos de bajo riesgo, el Químico Farmacéutico debe presentar una aceptación de responsabilidad escrita y firmada o solo bastan sus datos personales? y ¿respecto a la indicación de controles de calidad debo especificar quién los realizará o solo cada cuánto tiempo se realizarán?. El profesional Químico Farmacéutico debe firmar una carta aceptando responsabilidades, respecto de los controles se deben declarar, los que se realizarán a los productos y éstos se deben efectuar, cada vez que haya una producción de ellos.(Última actualización 05-07-2017)
39.- ¿Cómo se puede inscribir una empresa como importadora de productos cosméticos?
El trámite es electrónico, por lo tanto deberá solicitar clave para ingresar al sistema electrónico de solicitudes, debe utilizar para ello, el formulario incluido en el siguiente enlace http://www.ispch.cl/sites/default/files/formulario_solicitud_gicona_v3.pdf
(Última actualización 05-07-2017
40.- Por disposición aduanera, debo presentar un certificado para importar producto: paño seco jabonoso para pacientes. ¿Es necesario registrar este producto?
El jabón es un producto cosmético y como tal debe contar con autorización del ISP. Para ello deberá utilizar el formulario solicitud disponible en nuestra página web, con sus respectivos instructivos.
Debe tener presente que los ingredientes que componen la formulación, deberán estar incluidos en el listado de ingredientes permitidos, que también está publicado en el mismo sitio, en nomenclatura INCI.
(Última actualización 05-07-2017)
41.- Deseo me explique el proceso de transferencia de productos de Higiene a otra empresa.
Los productos de Higiene Bajo Riesgo y Odorizantes no se pueden modificar ni transferir. Excepto cambio de razón social. Por lo tanto deben notificarse nuevamente por el titular actual.
(Última actualización 09-05-2017)
42.- ¿Las toallas sanitarias femeninas que contienen un odorizante u otro ingrediente, se consideran o no productos cosméticos?
Las toallas sanitarias femeninas, tienen como primera finalidad, contener fluidos eliminados, no son de por si un producto cosmético, sin embargo si se le atribuye propiedades cosméticas a esta toalla, debe registrarla demostrar su eficacia con estudios clínicos.
(Última actualización 07-05-2017)
43.- ¿Cómo se obtienen registros de productos de blanqueamiento dental; mantención del blanqueamiento, etc.?
Si los ingredientes utilizados para el blanqueamiento dental, son cosméticos y su concentración está permitida para cosméticos, los requisitos para el registro se encuentran en el Reglamento de Control de Cosméticos, Decreto Supremo Nº 239 del 2002, el cual se encuentra publicado en la página Web del ISP www.ispch.cl, allí encontrará además, Formularios e Instructivos.
Si los ingredientes están restringidos en uso y concentración, los blanqueadores dentales, corresponden a producto farmacéutico y deben registrarse de acuerdo al D.S. 3/2010, revisar formulario e instructivos en nuestra página web.
(Última actualización 05-07-2017)
44.- ¿Es posible traer un producto cosmético que tiene como procedencia aprobada Reino Unido, que es fabricado allí, pero que haría escala en Argentina y desde ahí sería enviado hacia Chile?
Si, es posible importar un producto cosmético fabricado en un país y procedente de otro distinto.
(Última actualización 05-07-2017)
45.- Al renovar el registro de un producto eximido de control de calidad nacional, al obtener el nuevo registro ¿éste sigue estando eximido?
Las renovaciones y eximición de control de calidad son trámites independientes con aranceles separados con documentaciones diferentes.
La forma de perder la eximición del producto es modificando aspectos ya declarados en el registro.
(Última actualización 05-07-2017)
46.- En relación al procedimiento para solicitar eximición de control de calidad de productos cosméticos importados, quisiera consultar por la siguiente documentación que se solicita en dicho procedimiento:
– Certificado extendido por la autoridad competente del país de origen que reconozca la planta fabricante: este certificado, ¿puede corresponder al Certificado de Libre Venta (CLV) del producto presentado para su registro?
– Boletín de análisis del laboratorio fabricante: ¿este boletín se presenta solo una vez, al momento de solicitar este procedimiento o cada vez que se importen lotes de producto desde el país de origen? ¿Debe corresponder al boletín de una serie actual o puede ser un boletín de una serie ya ingresada, pero que contenga los ensayos actualizados?
Respecto de sus dos consultas se señala lo siguiente:
– Si puede ser un CLV, el documento que certifique el fabricante si es emitido por una autoridad reconocida, revisar art.26 D.S. 3/2010.
– El boletín de análisis corresponde al control de calidad realizado a cada lote producido, por lo tanto se debe adjuntar cada vez que ingrese productos al país.
(Última actualización 05-07-2017)
47.- Cuándo pierde esta eximición un registro cosmético que ya tiene eximición de control de calidad nacional?
Los productos con eximición deben mantener las mismas condiciones que se tenía el producto al momento de otorgarse, por lo que se pierde la eximición al cambiar fórmula, especificaciones, envase y fabricante; requiriendo de una nueva eximición.
(Última actualización 05-07-2017)
48.- Deseo saber en qué tipo de establecimientos se pueden vender productos cosméticos, por ejemplo ¿una peluquería puede vender? y ¿los cosméticos de uso profesional tienen alguna restricción para su venta?
Los cosméticos no tienen restricciones de tipo de establecimiento para venderlos, sin embargo los envases de uso profesional, solo pueden ser distribuidos a profesionales.
(Última actualización 05-07-2017)
49.- Para importar productos perfumes, aguas de colonia o colonias con variedades (distinto aroma), ¿Se deben registrar todas las variedades? Si importo pocos productos de distintas variedades ¿igual tengo que solicitar la autorización de uso al ISP?
Los perfumes están incluidos en la clasificación de productos de higiene, bajo riesgo de fabricación y Odorizantes, por lo tanto se debe inscribir la empresa y notificar los productos en el ISP. Si su producto tiene variedades (cambia solo el aroma o el color y mantiene nombre y fórmula idénticos), debe informarlo al notificar su producto.
Independiente de la cantidad del producto, si la finalidad de la importación es la comercialización deben hacerse los trámites en el ISP y se debe solicitar autorización para el Uso y Disposición correspondiente.
(Última actualización 05-07-2017)
50- ¿Dónde es mejor realizar todos mis trámites de registros cosméticos en Chile?
En www.asesoriafarmaceutica.cl somos expertos en trámites regulatorios para la industria cosmética. Tanto en registros, modificaciones e importaciones desde América, Europa, Norteamérica y Asia.
Fuente: ISPCH